REGLAMENTO DE SORTEOS. CENTRO COMERCIAL SANCANCIO ¡AMA TUS ENCANTOS Y REGÁLATE UN (1) VIAJE DOBLE A ARUBA! Reglamento de los sorteos de la campaña ¡AMA TUS ENCANTOS Y REGÁLATE UN (1) VIAJE DOBLE A ARUBA! del 1 de febrero al 30 de marzo de 2024. El presente programa de sorteos premia la fidelidad de los clientes del Centro Comercial Sancancio. NORMAS GENERALES. El presente reglamento delimita y aclara las condiciones bajo las cuales se rige el evento denominado campaña ¡AMA TUS ENCANTOS Y REGÁLATE UN (1) VIAJE DOBLE A ARUBA! del 1 de febrero al 30 de marzo de 2024 y lo aquí expuesto es de acatamiento obligatorio para participantes y organizadores del evento. Se entiende que toda persona, al decidir participar en campaña ¡AMA TUS ENCANTOS Y REGÁLATE UN (1) VIAJE DOBLE A ARUBA! del 1 de febrero al 30 de marzo de 2024. conoce y acepta las condiciones y limitaciones establecidas en el presente documento, las cuales van a estar exhibidas en el punto de información del Centro Comercial Sancancio y en nuestra Página web. Cualquier violación, desacato a las mismas y/o a los procedimientos o sistemas establecidos para la realización del evento en mención, implicará la inmediata exclusión del participante y/o la revocación de los premios. Artículo 1: De los Realizadores: El Centro Comercial Sancancio, es el único organizador del plan de sorteos en el marco del evento denominado campaña ¡AMA TUS ENCANTOS Y REGÁLATE UN (1) VIAJE DOBLE A ARUBA! del 1 de febrero al 30 de marzo de 2024. como tal, será el único responsable del mismo. Para efectos del reglamento, se podrá denominar indistintamente como “Organizador” o como “Centro Comercial Sancancio”. Artículo 2: Mecánica y participantes. Del 1 de febrero al 30 de marzo de 2024. en nuestro punto de información registra tus compras y por cada $200.000 acumulados, recibirás un (1) tiquete para que puedas participar por un (1) viaje para dos (2) personas a Aruba. Para participar el cliente debe acercarse al puesto de información del Centro Comercial registrarse o actualizar su información y autorizar el tratamiento de sus datos personales. Los datos básicos mínimos y exigibles para participar y que deben ser registrados por el cliente en nuestras bases de datos son:
• Teléfono móvil
• Correo electrónico
• Autorización para tratamiento de datos.
Posteriormente debe presentar las facturas de compra que acumulen la suma igual o superior a $200.000. Se excluyen de esta actividad comprobantes y/o facturas de entidades bancarias, casas de cambio o similares, y oficinas. Los almacenes que por su régimen tributario no estén obligados a expedir factura, deberán cumplir con el artículo 774 del Código de Comercio y artículo 617 del Estatuto Tributario Nacional, sobre el documento equivalente así: Su factura debe cumplir lo siguiente: 1- Todos los requisitos de factura responsable de IVA 2- Todos los requisitos de factura NO responsable de IVA. 3- Cuando no aplique para ninguno de los dos casos anteriores, debe cumplir con las obligaciones de documento equivalente que se indican a continuación. Requisitos del documento equivalente: • Apellidos y nombre o razón y NIT del vendedor o de quien presta el servicio. • Llevar un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de facturas de venta aprobado por la DIAN. • Fecha de su expedición. • Valor total de la operación Sólo se aceptan facturas de compra originales, quedan excluidas órdenes de compra, promesas de compraventa, certificados de compra, recibos de caja menor, boucher de tarjetas de crédito, cotizaciones, pedidos y tarjetas bono regalo de Sancancio. Las facturas presentadas pueden estar o no a nombre de la persona que reclama el cupón a excepción de las facturas del éxito y Smilingtek, que deben estar a nombre del cliente que registra. a) Bajo ninguna circunstancia se aceptará la redención de facturas de compra que no sean originales. b) No se recibirán facturas enmendadas, rotas, sucias, de difícil legibilidad, que no correspondan al periodo del sorteo o de compras realizadas en establecimientos de comercio que estén ubicados fuera del Centro Comercial Sancancio.
c) Las facturas de compra que se presenten al momento de inscribirse, deberán cumplir con todos los requisitos indicados en el Artículo 617 del Estatuto Tributario y 774 del Código de Comercio o en el Decreto 1165 de 1996, referente a documentos equivalentes a factura y deben estar comprendidas entre las fechas estipuladas anteriormente. El responsable de la factura es el establecimiento comercial, NO EL CENTRO COMERCIAL SANCANCIO. d) Todas las personas interesadas en participar deberán poseer un documento de identidad válido y al día, el cual deberá presentarse si es acreedor de alguno de los premios del sorteo. e) No pueden participar empleados, directivos del Centro Comercial Sancancio, ni empleados con injerencia en la realización del evento, ni familiares de estos en primer grado de consanguinidad, ni las personas contratadas para el desarrollo del plan de sorteos por el organizador tales como modelos, promotores, actores, presentadores entre otros, si a ello hubiere lugar. f) No pueden participar los arrendatarios, locatarios, administradores y vendedores de los establecimientos de comercio que operan en el Centro Comercial Sancancio, salvo que registren facturas que no pertenezcan a su establecimiento. g) Toda persona que desee participar en los sorteos o reclamar un premio deberá tener conocimiento de este reglamento, ya que la participación en el evento, la aceptación y recibo del premio conlleva la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones de participación, así como las limitaciones y responsabilidades, no solo de este reglamento sino las que en virtud de este mismo documento conlleva el reclamo y aceptación de un premio. Como parte del proceso de verificación y registro, el funcionario del punto de información luego de registrar la(s) factura(s), procederá a sellarlas, en señal de utilización para el sorteo promocional, con un sello distintivo del Centro Comercial. Una vez selladas, estas no serán válidas para registrarse o reclamar más cupones. Una vez conocidos los ganadores nos comunicaremos con ellos para que se acerquen a la oficina de la administración del Centro Comercial y hacerles entrega del premio. En caso de que el ganador resida en una ciudad diferente a Manizales, deberá asumir los gastos de traslado, estadía y consumos que conlleve el acercarse al Centro Comercial Sancancio para reclamar y hacer efectivo el premio durante las fechas estipuladas para tal fin. El premio se entregará en la ciudad de Manizales; el plazo de caducidad de este será el 30 de junio de 2024. Únicamente pueden participar personas naturales. Las personas jurídicas no podrán participar, tampoco los menores de edad según la ley 643 de 2001.
No podrán participar empleados ni colaboradores del Centro Comercial. Los locatarios podrán hacerlo registrando facturas que no pertenezcan a su establecimiento. El premio es personal e intransferible. Solo se entrega al beneficiario, previo cumplimiento de los requisitos anteriores, con la presentación de la cédula de ciudadanía original, RUT actualizado; en caso de que se evidencie en el RUT que tiene la responsabilidad de facturar electrónicamente, debe suministrar la factura correspondiente al valor del premio; en ningún caso podrá ser redimido o cambiado por dinero en efectivo ni por ningún otro premio. Si el ganador respectivo no es localizado quince (15) días hábiles después de la fecha del sorteo, no cumple con las condiciones de esta actividad, los datos aportados para participar no coinciden, o simplemente el ganador no acepta el premio o se niega a firmar el documento de aceptación de este y/o formato de paz y salvo del Centro Comercial Sancancio, este quedará anulado. Las personas beneficiadas podrán ser filmadas o fotografiadas y este material podrá ser utilizado por el Centro Comercial Sancancio sin derecho a compensación alguna, durante la vigencia de la actividad y hasta los tres (3) años posteriores a su finalización. El horario para el registro de las facturas es de 10:00 a.m. a 8:00 p.m. de lunes a sábado y domingos y festivos de 11:00 a.m. a 5:00 p.m. El sorteo será realizado por medio de nuestra Plataforma de CRM, y se hará en vivo desde el teatrino del Centro Comercial el sábado 30 de marzo del año 2024 a las 4:00 p.m., además serán transmitido por nuestras redes sociales. La campaña inicia el 1 de febrero de 2024 a las 10:00 a.m. y finaliza el 30 de marzo del mismo año a las 3:00 p.m. Se podrán registrar un máximo de 200 facturas por cliente, así como un total de 10 facturas por día y un monto máximo diario de $2.500.000. Si el ganador de alguno de los premios que describe el plan de premios de esta actividad no cumple con el reglamento, sus datos son incongruentes con los que se aportaron para participar, o simplemente no acepta el premio o se negare a firmar el documento de aceptación del mismo, este premio no se entregará. El cliente ganador debe presentar su cédula de ciudadanía; ésta debe coincidir con los datos registrados en punto de información. Si no responde la llamada, se le notificará al ganador por los diferentes medios registrados y tendrá un término de (15) quince días calendario para contestar, si no contesta en este término este premio no se entregará.
El Centro Comercial Sancancio no tendrá la obligación de investigar los motivos por los cuales una persona no contesta la llamada, no es contactada en el número de teléfono registrado o sus datos no concuerdan con los del cupón respectivo o base de datos ni tampoco el motivo de no aceptación de los premios. No es responsabilidad del Centro Comercial Sancancio si los datos consignados en la base de datos al momento de la inscripción no son correctos o si el participante cambia de número de contacto y/o dirección de residencia y la comunicación no cumple su fin. Descripción del premio: Se sorteará un (1) viaje a Aruba para dos (2) personas, que incluye lo siguiente: Temporada baja (Internacional) • Tiquete aéreo Pereira – Aruba • Tiquete aéreo Aruba -Pereira • Hotel RIU 3 noches 4 días J.E. Irausquin Blv 79, Noord. Aruba • Alimentación full (desayuno, almuerzo y cena, en horario del hotel) En horario establecido por el hotel, el día de llegada entra con cena y el día de salida sale con desayuno. • Asistencia médica • El valor total del plan de premio, es decir, del único viaje a Aruba para dos (2) personas, corresponde a la suma de $11.286.000 El derecho del premio no es transferible, negociable, ni puede ser comercializado o canjeado por dinero en efectivo, ni por ningún otro premio. Artículo 4: El sorteo será administrado, controlado y supervisado por el Centro Comercial Sancancio quien será acompañado para asegurar la imparcialidad y el cumplimiento de las reglas aquí plasmado, por el delegado de EDSA – Empresa Departamental para la Salud. Artículo 5: Descalificación: Si en cualquier momento, sea antes, durante o con posterioridad a este evento, se descubre que el ganador incumple con este reglamento, los organizadores podrán descalificarlo y negarse a entregarle el premio. Si este ya fue entregado, podrán exigir su devolución por las vías legales. Artículo 6: Responsabilidad, Condiciones y Restricciones: a) La participación de los interesados, así como el plan de premios, fechas de sorteos, están sujetos a las condiciones y restricciones que se indican en este reglamento.
b) Cualquier asunto que se presente con el plan de sorteos y que no se encuentre previsto con el presente reglamento, será resuelto por el organizador, en estricto apego a las leyes de la República de Colombia. c) Deberá haber total coincidencia entre los datos brindados para participar y el documento de identificación del ganador, de otro modo el premio no será entregado. d) La responsabilidad del Centro Comercial Sancancio culmina con la entrega del premio. e) El ganador releva de toda responsabilidad a Centro Comercial Sancancio de cualquier daño, sobre las personas o las cosas, que se pudiesen ocasionar con el uso de cualquiera de estos premios, ya sea por su uso o de terceras personas y/o premio. f) Estos premios se entregan únicamente por el término de vigencia de la campaña. g) Los premios son entregados de acuerdo a los términos y condiciones descritos en el presente documento. h) El ganador recibirá su premio y no se admiten cambios por dinero, valores o cualquier otro producto material. Si el ganador no acepta un premio o sus condiciones, se considera que este ha renunciado y extinguido en relación al ganador y no tendrá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. i) El ganador deberá firmar conforme el recibo de su premio, aceptando las limitaciones y condiciones que el premio represente y de tal forma liberará al Centro Comercial Sancancio de toda responsabilidad. j) El derecho del premio no es transferible, negociable ni puede ser comercializado o canjeado por dinero en efectivo. Estos premios son entregados únicamente a la persona ganadora. Artículo 7: Aplicabilidad del Reglamento: La totalidad del presente reglamento se aplicará por igual a todos los participantes del plan de sorteos. Artículo 8: Derechos de uso de Imagen: Con el hecho de participar en la promoción, los participantes y ganadores aceptan y autorizan que su nombre e imagen fotografías, voces, retratos, videos, testimonios aparezcan en los programas, publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación con fines promociónales que el Centro Comercial Sancancio desee hacer durante la actividad o una vez finalizado el mismo y hasta tres (3) años posteriores a ello, sin que ello implique la obligación de remunerarlo o compensarlo adicionalmente. Así mismo, renuncian a cualquier reclamo por derechos de uso de imagen. Artículo 9: Suspensión: En caso de haber motivos fundados de fuerza mayor, caso fortuito, o hechos de terceros, tales como desastres naturales, guerras, huelgas o disturbios, pandemias así como también situaciones que afecten la actividad; o en caso de detectarse un fraude o intento de fraude en perjuicio del Centro Comercial Sancancio, el organizador podrá modificar el reglamento del plan de sorteos, así como suspenderlo temporal o permanentemente sin asumir ninguna responsabilidad al respecto. En estos casos, el fundamento de las medidas que se adopten, así como las pruebas que demuestren la existencia de la causa invocada por el Organizador estarán a disposición de cualquier interesado, todo esto previa autorización de la autoridad competente sobre la materia. Artículo 10: Publicación: Este reglamento estará publicado en el punto de información para disposición de todo público que desee participar en el evento a partir del inicio del mismo, así como también en la página web del Centro Comercial Sancancio. El ganador se publicará en las redes sociales y página web del Centro Comercial Sancancio. Artículo 11: El ganador deberá hacerse responsable ante la Administración Tributaria de la retención en la fuente por concepto de rifas y sorteos equivalente al 20% del valor comercial del premio.
Aplica términos y condiciones – Año 2024.