REGLAMENTO DE SORTEOS.

CENTRO COMERCIAL SANCANCIO

REGLAMENTO DE SORTEOS.

CENTRO COMERCIAL SANCANCIO

 

¡EN SEPTIEMBRE PARTICIPA EN EL LOVE TRIP SANCANCIO!

Reglamento de los sorteos de la campaña ¡EN SEPTIEMBRE PARTICIPA EN EL

LOVE TRIP SANCANCIO POR UNA (1) DE LAS TRES (3) NOCHES PARA DOS

(2) PERSONAS EN EL GLAMPING EL NIDO DEL CONDOR! del 1 de

septiembre al 30 de septiembre del 2024. El presente programa de sorteos premia la

fidelidad de los clientes del Centro Comercial Sancancio.

NORMAS GENERALES.

El presente reglamento delimita y aclara las condiciones bajo las cuales se rige el

evento denominado ¡EN SEPTIEMBRE PARTICIPA EN EL LOVE TRIP SANCANCIO

POR UNA (1) DE LAS TRES (3) NOCHES PARA DOS (2) PERSONAS EN EL

GLAMPING EL NIDO DEL CONDOR del 1 de septiembre al 30 de septiembre del

2024 y lo aquí expuesto es de acatamiento obligatorio para participantes y

organizadores del evento! Se entiende que toda persona, al decidir participar en esta

campaña ¡EN SEPTIEMBRE PARTICIPA EN EL LOVE TRIP SANCANCIO POR

UNA (1) DE LAS TRES (3) NOCHES PARA DOS (2) PERSONAS EN EL

GLAMPING EL NIDO DEL CONDOR! del 1 de septiembre al 30 de septiembre del

2024 conoce y acepta las condiciones y limitaciones establecidas en el presente

documento, las cuales van a estar exhibidas en el punto de información del Centro

Comercial Sancancio y en nuestra Página web. Cualquier violación, desacato a las

mismas y/o a los procedimientos o sistemas establecidos para la realización del evento

en mención, implicará la inmediata exclusión del participante y/o la revocación de los

premios.

Artículo 1: De los Realizadores: El Centro Comercial Sancancio, es el único

organizador del plan de sorteos en el marco del evento denominado campaña ¡EN

SEPTIEMBRE PARTICIPA EN EL LOVE TRIP SANCANCIO POR UNA (1) DE LAS

TRES (3) NOCHES PARA DOS (2) PERSONAS EN EL GLAMPING EL NIDO

DEL CONDOR! del 1 de septiembre al 30 de septiembre del 2024. como tal, será el

único responsable del mismo. Para efectos del reglamento, se podrá denominar

indistintamente como “Organizador” o como “Centro Comercial Sancancio”.

Artículo 2: Mecánica y participantes.

Del 1 de septiembre al 30 de septiembre del 2024 en nuestro punto de información registra

tus compras y por cada $100.000 acumulados, recibirás un (1) tiquete para que

puedas participar por un 1 de las 3 noches para dos personas en el Glamping El Nido

del Condor.

Para participar el cliente debe acercarse al puesto de información del Centro

Comercial registrarse o actualizar su información y autorizar

el tratamiento de sus datos personales. Los datos básicos mínimos y exigibles para

participar y que deben ser registrados por el cliente en nuestras bases de datos son:

 

 Nombre y apellidos.

 Cédula

 Dirección física de domicilio / barrio / ciudad

 Teléfono móvil

 Correo electrónico

 Autorización para tratamiento de datos.

Posteriormente debe presentar las facturas de compra que acumulen la suma igual o

superior a $100.000.

Se excluyen de esta actividad comprobantes y/o facturas de entidades bancarias,

casas de cambio o similares, y oficinas. Los almacenes que por su régimen tributario

no estén obligados a expedir factura, deberán cumplir con el artículo 774 del Código

de Comercio y artículo 617 del Estatuto Tributario Nacional, sobre el documento

equivalente así:

Su factura debe cumplir lo siguiente:

1- Todos los requisitos de factura responsable de IVA

2- Todos los requisitos de factura NO responsable de IVA.

3- Cuando no aplique para ninguno de los dos casos anteriores, debe cumplir con las

obligaciones de documento equivalente que se indican a continuación.

Requisitos del documento equivalente:

  • Apellidos y nombre o razón y NIT del vendedor o de quien presta el servicio.
  • Llevar un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de

facturas de venta aprobado por la DIAN.

  • Fecha de su expedición.
  • Valor total de la operación

Sólo se aceptan facturas de compra originales, quedan excluidas órdenes de compra,

promesas de compraventa, certificados de compra, recibos de caja menor, boucher de

tarjetas de crédito, cotizaciones, pedidos, tarjetas o bonos de regalo de Sancancio y

facturas o comprobantes pago equivalentes respecto de transacciones efectuadas en el

establecimiento de comercio Susuerte.

Las facturas presentadas pueden estar o no a nombre de la

persona que reclama el cupón a excepción de las facturas del éxito y Smilingtek, que

deben estar a nombre del cliente que registra.

  1. a) Bajo ninguna circunstancia se aceptará la redención de facturas de compra

que no sean originales.

  1. b) No se recibirán facturas enmendadas, rotas, sucias, de difícil legibilidad, que

no correspondan al periodo del sorteo o de compras realizadas en establecimientos de

comercio que estén ubicados fuera del Centro Comercial Sancancio.

  1. c) Las facturas de compra que se presenten al momento de inscribirse, deberán

cumplir con todos los requisitos indicados en el Artículo 617 del Estatuto Tributario y

774 del Código de Comercio o en el Decreto 1165 de 1996, referente a documentos

equivalentes a factura y deben estar comprendidas entre las fechas estipuladas

anteriormente. El responsable de la factura es el establecimiento comercial, NO EL

CENTRO COMERCIAL SANCANCIO.

  1. d) Todas las personas interesadas en participar deberán poseer un documento

de identidad válido y al día, el cual deberá presentarse si es acreedor de alguno de los

premios del sorteo.

  1. e) No pueden participar empleados, directivos del Centro Comercial Sancancio,

ni empleados con injerencia en la realización del evento, ni familiares de estos en

primer grado de consanguinidad, ni las personas contratadas para el desarrollo del

plan de sorteos por el organizador tales como modelos, promotores, actores,

presentadores entre otros, si a ello hubiere lugar.

  1. f) No pueden participar los arrendatarios, locatarios, administradores y

vendedores de los establecimientos de comercio que operan en el Centro Comercial

Sancancio, salvo que registren facturas que no pertenezcan a su establecimiento.

  1. g) Toda persona que desee participar en los sorteos o reclamar un premio

deberá tener conocimiento de este reglamento, ya que la participación en el evento, la

aceptación y recibo del premio conlleva la forzosa e ineludible obligación de conocer

las condiciones de participación, así como las limitaciones y responsabilidades, no solo

de este reglamento sino las que en virtud de este mismo documento conlleva el reclamo

y aceptación de un premio.

Como parte del proceso de verificación y registro, el funcionario del punto de

información luego de registrar la(s) factura(s), procederá a sellarlas, en señal de

utilización para el sorteo promocional, con un sello distintivo del Centro Comercial.

Una vez selladas, estas no serán válidas para registrarse o reclamar más cupones.

Una vez conocidos los ganadores nos comunicaremos con ellos para que se acerquen a

la oficina de la administración del Centro Comercial y

hacerles entrega del premio.

En caso de que el ganador resida en una ciudad diferente a Manizales, deberá asumir

los gastos de traslado, estadía y consumos que conlleve el acercarse al Centro

Comercial Sancancio para reclamar y hacer efectivo el premio durante las fechas

estipuladas para tal fin. El premio se entregará en la ciudad de Manizales; el plazo de

caducidad de este será el 1 de marzo del año 2025.

Únicamente pueden participar personas naturales. Las personas jurídicas no podrán

participar, tampoco los menores de edad según la ley 643 de 2001. No podrán

participar empleados ni colaboradores del Centro Comercial. Los locatarios podrán

hacerlo registrando facturas que no pertenezcan a su establecimiento.

El premio es personal e intransferible. Solo se entrega al beneficiario, previo

cumplimiento de los requisitos anteriores, con la presentación de la cédula de

ciudadanía original; en ningún caso podrá ser redimido o cambiado por dinero en

efectivo ni por ningún otro premio.

Si el ganador respectivo no es localizado quince (15) días hábiles después de la fecha

del sorteo, no cumple con las condiciones de esta actividad, los datos aportados para

participar no coinciden, o simplemente el ganador no acepta el premio o se niega a

firmar el documento de aceptación de este y/o formato de paz y salvo del Centro

Comercial Sancancio, este quedará anulado.

Las personas beneficiadas podrán ser filmadas o fotografiadas y este material podrá

ser utilizado por el Centro Comercial Sancancio sin derecho a compensación alguna,

durante la vigencia de la actividad y hasta los tres (3) años posteriores a su

finalización.

El horario para el registro de las facturas es de 10:00 a.m. a 8:00 p.m. de lunes a

sábado y domingos y festivos de 11:00 a.m. a 5:00 p.m.

El sorteo será realizado por medio de nuestra Plataforma de CRM, y se hará en vivo

desde el teatrino del Centro Comercial el martes 1 de octubre del año 2024 a las 4:00

p.m., además serán transmitido por nuestras redes sociales.

La campaña inicia el 1 de septiembre de 2024 a las 10:00 a.m. y finaliza el 30 de

septiembre del mismo año a las 4:00 p.m. Se podrán registrar un máximo de 200

facturas por cliente, así como un total de 10 facturas por día y un monto máximo diario

de $2.500.000.

Si el ganador de alguno de los premios que describe el plan de premios de esta

actividad no cumple con el reglamento, sus datos son incongruentes con los que se

aportaron para participar, o simplemente no acepta el premio

o se negare a firmar el documento de aceptación del mismo, este premio no se

entregará.

El cliente ganador debe presentar su cédula de ciudadanía; ésta debe coincidir con los

datos registrados en punto de información.

Si no responde la llamada, se le notificará al ganador por los diferentes medios

registrados y tendrá un término de (15) quince días calendario para contestar, si no

contesta en este término este premio no se entregará.

El Centro Comercial Sancancio no tendrá la obligación de investigar los motivos por

los cuales una persona no contesta la llamada, no es contactada en el número de

teléfono registrado o sus datos no concuerdan con los del cupón respectivo o base de

datos ni tampoco el motivo de no aceptación de los premios. No es responsabilidad del

Centro Comercial Sancancio si los datos consignados en la base de datos al momento

de la inscripción no son correctos o si el participante cambia de número de contacto

y/o dirección de residencia y la comunicación no cumple su fin.

Descripción del premio:

Se sortearán tres (3) premios. Cada uno (1) de los tres (3) premios corresponde a una

(1) noche para dos (2) personas en el Glamping Nido del Condor. Cada premio incluye lo

siguiente:

*Válido por 6 meses a partir del 1 de octubre de 2024.

*El premio no aplica y por lo tanto no puede ser redimido en Temporada Alta, es

decir, para Semana Santa (Marzo 23 a 31); Junio 14 a Agosto 19; Octubre 7 a 14; y

Diciembre 15 a Febrero 15.

* Válido para cualquier día de la semana, excepto para las fechas que comprenden

Temporada Alta descriptas en el ítem anterior.

* Válido por una (1) noche para dos (2) personas en habitación tipo Safari Tent.

* Incluye alimentación para ambas personas, empezando con la cena del día de

llegada, hasta el almuerzo del día de salida. Si se desea, se puede adelantar el

almuerzo para la llegada.

* Incluye actividades no guiadas dentro del hotel. Si la actividad es con guía, tendrá

un costo adicional.

* No incluye snacks, ni bebidas alcohólicas, o bebidas por fuera de las de las comidas

principales.

* No incluye transporte.

* El premio no es modificable, trasferible, ni canjeable por dinero u otros servicios.

* Horario Hotel:

CHECK IN: de 9am a 4pm, después de las 4pm no hay ingreso al hotel.

CHECK OUT: De la habitación a las 11am, pero podemos guardar tu equipaje para

que te quedes hasta las 3pm.

El valor total del Plan de Premios corresponde a la suma de $4.641.000 M/Cte, IVA

incluido.

Lo anterior, teniendo en cuenta que cada uno (1) de los tres (3) premios que

comprenden esta actividad promocional tiene un valor individual de $1.547.000

M/Cte, IVA incluido, por noche.

El derecho del premio no es transferible, negociable, ni puede ser comercializado o

canjeado por dinero en efectivo, ni por ningún otro premio.

Artículo 4: El sorteo será administrado, controlado y supervisado por el Centro

Comercial Sancancio quien será acompañado para asegurar la imparcialidad y el

cumplimiento de las reglas aquí plasmado, por el delegado de EDSA – Empresa

Departamental para la Salud.

Artículo 5: Descalificación: Si en cualquier momento, sea antes, durante o con

posterioridad a este evento, se descubre que el ganador incumple con este reglamento,

los organizadores podrán descalificarlo y negarse a entregarle el premio. Si este ya fue

entregado, podrán exigir su devolución por las vías legales.

Artículo 6: Responsabilidad, Condiciones y Restricciones:

  1. a) La participación de los interesados, así como el plan de premios, fechas de

sorteos, están sujetos a las condiciones y restricciones que se indican en este

reglamento.

  1. b) Cualquier asunto que se presente con el plan de sorteos y que no se encuentre

previsto con el presente reglamento, será resuelto por el organizador, en estricto

apego a las leyes de la República de Colombia.

  1. c) Deberá haber total coincidencia entre los datos brindados para participar y

el documento de identificación del ganador, de otro modo el premio no será entregado.

  1. d) La responsabilidad del Centro Comercial Sancancio

culmina con la entrega del premio.

  1. e) El ganador releva de toda responsabilidad a Centro Comercial Sancancio de

cualquier daño, sobre las personas o las cosas, que se pudiesen ocasionar con el uso de

cualquiera de estos premios, ya sea por su uso o de terceras personas y/o premio.

  1. f) Estos premios se entregan únicamente por el término de vigencia de la

campaña.

  1. g) Los premios son entregados de acuerdo a los términos y condiciones

descritos en el presente documento.

  1. h) El ganador recibirá su premio y no se admiten cambios por dinero, valores o

cualquier otro producto material. Si el ganador no acepta un premio o sus

condiciones, se considera que este ha renunciado y extinguido en relación al ganador y

no tendrá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.

  1. i) El ganador deberá firmar conforme el recibo de su premio, aceptando las

limitaciones y condiciones que el premio represente y de tal forma liberará al Centro

Comercial Sancancio de toda responsabilidad.

  1. j) El derecho del premio no es transferible, negociable ni puede ser

comercializado o canjeado por dinero en efectivo. Estos premios son entregados

únicamente a la persona ganadora.

Artículo 7: Aplicabilidad del Reglamento: La totalidad del presente reglamento

se aplicará por igual a todos los participantes del plan de sorteos.

Artículo 8: Derechos de uso de Imagen: Con el hecho de participar en la

promoción, los participantes y ganadores aceptan y autorizan que su nombre e

imagen fotografías, voces, retratos, videos, testimonios aparezcan en los programas,

publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de

divulgación con fines promociónales que el Centro Comercial Sancancio desee hacer

durante la actividad o una vez finalizado el mismo y hasta tres (3) años posteriores a

ello, sin que ello implique la obligación de remunerarlo o compensarlo adicionalmente.

Así mismo, renuncian a cualquier reclamo por derechos de uso de imagen.

Artículo 9: Suspensión: En caso de haber motivos fundados de fuerza mayor, caso

fortuito, o hechos de terceros, tales como desastres naturales, guerras, huelgas o

disturbios, pandemias así como también situaciones que afecten la actividad; o en

caso de detectarse un fraude o intento de fraude en perjuicio del Centro Comercial

Sancancio, el organizador podrá modificar el reglamento del plan de sorteos, así como

suspenderlo temporal o permanentemente sin asumir ninguna responsabilidad al

respecto. En estos casos, el fundamento de las medidas que se adopten, así como las

pruebas que demuestren la existencia de la causa invocada por el Organizador

estarán a disposición de cualquier interesado, todo esto previa autorización de la

autoridad competente sobre la materia.

 

Artículo 10: Publicación: Este reglamento estará

publicado en el punto de información para disposición de todo público que desee

participar en el evento a partir del inicio del mismo, así como también en la página

web del Centro Comercial Sancancio.

El ganador se publicará en las redes sociales y página web del Centro Comercial

Sancancio.

Artículo 11: El ganador deberá hacerse responsable ante la Administración

Tributaria del pago del impuesto de ganancia ocasional proveniente de loterías, rifas,

apuestas y similares de que trata el artículo 317 del Estatuto Tributario Nacional

equivalente al 20% del valor comercial del premio.

 

Aplica términos y condiciones – Año 2024.

 

                                      RES. 249 CENTRO COMERCIAL SANCANCIO ELABORADA 04 09 2024